El Gobierno de España ha reconocido recientemente que está estudiando la opción de reducir la tasa de alcohol máxima permitida para conducir en nuestro país. El encargado de poner sobre la mesa esta posibilidad ha sido el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska.
Concretamente ha hablado sobre reducir la tasa máxima legal en sangre de 0,5 a 0,2 gramos de alcohol por cada litro de sangre. Una cifra que supone una bajada a menos de la mitad actual, y que situaría a España acorde a la normativa que se establece en las carreteras de Estonia, Noruega, Polonia y Suecia.
Reajuste de las tasas de alcohol en todos los sentidos
Aunque no son los vecinos europeos más restrictivos, pues tenemos los ejemplos de Chequia, Eslovaquia, Hungría y Rumanía, que no permiten consumo alguno de alcohol a la hora de conducir.
Como sea, el ministro Grande-Marlaska ha hablado de alcohol en sangre, aunque no en aire expirado, que es lo que reflejan los tests realizados en los controles de la Dirección General de Tráfico.
Es decir, que el reajuste en sangre implicaría también hacer lo propio en los resultados de lo etilómetros utilizados por la Guardia Civil. Actualmente, la tasa máxima de alcohol en aire espirado que se considera legal para conducir es de 0,25 miligramos por litro, una cifra que bajaría si finalmente se establecen los cambios que hay sobre la mesa del Gobierno.
Teniendo en cuenta lo anterior, y según los expertos en la materia, en caso de modificación de la normativa sería suficiente con una cerveza de tamaño medio (tercio o 33 cl) para dar positivo, pues ya reflejaría una tasa de alcohol en sangre media de 0,21 gramos por litro.
Eso sí, todo dependería de la persona en cuestión y de cómo le afecte la ingesta de alcohol, algo que para las mujeres se estima todavía superior, pues con la misma cerveza mencionada, el resultado podría ser de 0,34 gramos por litro de sangre o incluso por encima.
La tasa considerada delito penal también bajaría
Estos posibles cambios, también darían lugar a una modificación de las tasas que son consideradas un delito penal. En la actualidad, la normativa establece esta realidad en aquellas situaciones en las que se circule con una tasa superior a 0,6 miligramos de alcohol por litro de aire espirado o por encima de los 1,2 gramos por litro de sangre.
Recordemos que conducir en las citadas condiciones puede ir asociado a penas de prisión de tres a seis meses, a multas de seis a doce meses o a trabajos para la comunidad por un tiempo de entre 31 y 90 días. Además, implica la retirada del permiso de conducir por entre uno y cuatro años.
Todo esto, teniendo en cuenta que una tasa superior a 0,5 miligramos por litro de aire espirado ya implica una multa económica de 1.000 euros y la retirada de seis puntos del carné de conducir.