¿Qué significan las etiquetas ambientales de la DGT y cuál le corresponde a mi coche?

¿Qué significa cada una de las etiquetas de la DGT –los llamados distintivos medioambientales– y qué categoría corresponde a cada coche?

2018013108284267624.jpg
2018013108284267624.jpg
31/01/2018 09:35
Actualizado a 08/02/2018 15:52

DGT cuenta con cuatro etiquetas ambientales distintas en función de varios aspectos, como la naturaleza del vehículo o su potencial efecto contaminador. Ahora que tanto Madrid como Barcelona empezarán a prohibir el acceso a las ciudades a los vehículos más contaminantes según la etiqueta de la que dispongan –o la ausencia de ella– resulta imprescindible conocer qué significa cada una de las etiquetas de la DGT, los llamados distintivos medioambientales, y qué categoría corresponde a cada coche según tres factores: el tipo de combustible o energía que utiliza, la normativa de emisiones que cumple y el año de fabricación.

El primero de ellos, el más 'puro', es el de 'Cero emisiones' dotado de la etiqueta "0", que se otorga a vehículos eléctricos de batería (BEV), de autonomía extendida (REEV) o híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros, así como en vehículos de pila de combustible.

Por su parte, los identificados con la etiqueta "ECO" son vehículos híbridos enchufables con autonomía menor de 40 kilómetros, vehículos híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural, vehículos propulsados por gas natural (GNC y GNL) o gas licuado del petróleo (GLP). En todo caso, deberán cumplir los criterios de la etiqueta "C".

La etiqueta "C" se aplica a turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014. También a vehículos de más de 8 plazas y pesados, tanto de gasolina como de diésel, matriculados a partir de 2014. Por tanto, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 4,5 y 6 y en diésel la Euro 6.

Por último, la etiqueta "B" se limita a turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero del año 2000 y de diésel a partir de enero de 2006. Incluye, a su vez, a vehículos de más de 8 plazas y pesados tanto de gasolina como de diésel matriculados a partir de 2005. Por tanto, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 3 y en diésel la Euro 4 y 5.

Los vehículos sin etiqueta son los de gasolina anteriores al año 2000 y los diésel anteriores a 2006. Estos últimos son los que se verán más afectados por las medidas protocolarias y restricciones de los ayuntamientos de Madrid y Barcelona en caso de episodio de alta contaminación.

Esta clasificación de los vehículos se deriva del Plan Nacional de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera 2013-2016 (Plan Aire) en el que se recoge que tanto las partículas como el dióxido de nitrógeno tienen en el tráfico rodado la principal fuente de emisión en las grandes ciudades y propone, además, la clasificación de los vehículos en función de los niveles de contaminación que emiten, todo ello bajo criterios europeos.