Si hay una técnica de conducción que suele generar debates, confusiones e incluso discusiones, esa no es otra que la acción de aparcar. Posiblemente, la maniobra en la que cada conductor tiene su propio librillo a la hora de estacionar su vehículo de la forma más eficiente y cómoda posible. Sin embargo, esto a veces provoca ciertos contratiempos, como que el espacio entre coches no sea suficiente para salir y entrar con normalidad al auto o que la maniobra para retomar la marcha requiera de más espacio del que se tiene. ¿Se puede multar a alguien por no dejar el suficiente margen para el resto de coches al aparcar?
Pues la respuesta corta es sí, aunque la larga tiene ciertos matices. Estacionar es una de las prácticas esenciales para mantener el orden en la carretera, por lo que el cumplimiento de sus normas se debe establecer del mismo modo que cualquier señal de tráfico que se pueda observar en la carretera. Mantener cierta distancia con el coche de al lado, el de delante y el de detrás es una necesidad para garantizar la seguridad de los vehículos y el buen acceso de los conductores al mismo, aunque no en todas las ciudades se sancionan con la misma dureza estas prácticas poco éticas.
La normativa indica que, cuando se aparcar en batería, la distancia entre coches debe ser suficiente para que el dueño del vehículo de al lado pueda acceder sin ningún tipo de problemas al interior. Por su parte, si se está estanciando en línea, la distancia con el coche de delante y el de atrás debe ser suficiente para que ambos vehículos puedan retomar la marcha con el espacio necesario sin tener que maniobrar en exceso. Ojo con incumplir estas normas, porque las sanciones varían entre los 80 y los 200 euros si la Policía municipal lo considera como una práctica fuera de las normas.
Multas por aparcamiento y no cumplir la distancia de seguridad
Tal y como recoge la web del RACE, el Reglamento General de Circulación Español, existen sanciones por este tipo de prácticas que vulneran la seguridad y el acceso de los conductores a su vehículo. A continuación puedes ver todos los tipos de sanciones y multas por estancionamiento, entre los que se incluyen las distancias de seguridad mencionadas:
- Vulnerar el régimen de parada y estacionamiento en vía urbana regulado por la ordenanza municipal incumpliendo las limitaciones horarias de duración del estacionamiento (art. 93): 80 euros.
- No señalizar la presencia de un vehículo detenido cuando haya hecho una parada o estacionamiento (art. 109): 80 euros.
- Estacionar el vehículo sin situarlo paralelamente al borde de la calzada, es decir, dejando mucha separación con el bordillo (art. 92): 80 euros.
- La multa por estacionar el coche en doble fila estacionado sin conductor es de 200 euros.
- Detenerse en una zona destinada al estacionamiento y parada de uso exclusivo para el transporte público urbano (art. 94), por ejemplo parar en un carril bus: 200 euros.
- Estacionar en un carril o parte de la vía reservada exclusivamente para el servicio o circulación de determinados usuarios cuando obstaculice gravemente la circulación o sea un riesgo para los peatones (art. 94): 200 euros.
- No obedecer la señal de parada y estacionamiento prohibido (señal R-307) (art. 154): 200 euros.
- No obedecer la señal de estacionamiento prohibido (señal R-308) (art. 154): 200 euros.
- No obedecer la señal de estacionamiento prohibido los días impares (señal R-308 a) o pares (señal R 308 b) (art. 154), con la indicación de la primera o segunda quincena: 200 euros.
- No obedecer la señal de estacionamiento prohibido en vado (R-308 e) (art. 154): 200 euros.
- Estacionar el vehículo para una zona reservada de carga y descarga (art. 91): 200 euros.
- Estacionar en una plaza reservada para minusválidos (art. 91): 200 euros.
- La multa por aparcar encima de la acera (art. 94) puede ser de hasta 200 euros, aunque hay ordenanzas municipales más permisivas en este punto, sobre todo con las motos.